1.3.10

Funciones del Consejo Escolar de Participación Social

Funciones del Consejo:
Las funciones de los Consejos son: Actuar como instancias de consulta, colaboración, apoyo, gestoría, información; por lo que dada su naturaleza, de ningún modo implicará su intervención en asuntos de carácter laboral, político y/o religioso.
1. La renovación de los Consejos se efectuará anualmente, al inicio de cada ciclo escolar, pudiendo haber continuidad de sus integrantes si se apegan a los lineamientos de participación.
2. Las sesiones ordinarias de los consejos de celebraran bimestralmente, convocando a sus integrantes con anticipación mínima de cinco días.
3. Los consejos podrán celebrar sesiones extraordinarias cuando existan asuntos de carácter urgente, convocando a sus integrantes con 48 hrs. de anticipación.
4. Durante las sesiones, los asuntos contenidos en el orden del día se tratarán de conformidad con los siguientes puntos:
- Consideración y aprobación del orden del día.
- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
- Deliberación de los asuntos comprometidos en el orden del día.
- Asuntos generales (solo en caso de sesiones ordinarias).
- Señalamiento del lugar, fecha y hora de la próxima reunión (solo en caso de las sesiones ordinarias).
Las convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias serán emitidas oportunamente por el coordinador.

Propósitos del Consejo Escolar de Participación Social

Propósitos del Consejo Escolar de Participación Social
- Revalorar socialmente la función educativa proponiendo estímulos y reconocimientos de carácter social.
- Coadyuvar con los docentes a la realización de las metas educativas y en el avance de las actividades escolares.
- Estimular, promover y apoyar actividades encaminadas a la protección civil y la emergencia escolar.
- Detectar las condiciones sociales adversas de los educandos que influyan en su desempeño escolar.
- Impulsar la participación de la sociedad en el mejoramiento físico de la escuela.
- Proponer canales y medios de información acerca del quehacer educativo.
- Fomentar el interés de la comunidad hacia los problemas educativos.
- Participar productivamente en los Programas de: Escuelas de Calidad, Mejores Espacios Educativos, Escuelas de Tiempo Completo, Escuelas de Bajo Rendimiento, Escuela Siempre Abierta, Escuela Segura, Escuela Saludable, Protección del Medio Ambiente, Promoción de la Participación Social.
- Fortalecer la organización de la escuela y su participación en el desarrollo de la comunidad educativa.

Consejos Escolares de Participación Social

Atribuciones:
1. Los Consejos Escolares de participación Social en la educación establecerán grupos de trabajo de acuerdo a sus características y necesidades (Art. 21 de los lineamientos Generales)
2. Proponer y participar en programas y actividades para dar cumplimiento a lo señalado en los lineamientos de los Consejos de Participación Social.
3. Emitir su voto sobre los asuntos presentados en las sesiones del consejo.
4. Se conformará con personas cuyo perfil sea a fin a las actividades que las diferentes comisiones realizan (un docente, padre de familia, un miembro del comité de la asociación de padres de familia, un alumno, una persona de la sociedad, etc.) podrán participar en una o más comisiones, dependiendo de las características de la escuela.
5. Las atribuciones que anteceden se ejercerán en forma coordinada con las autoridades educativas e institucionales de gobierno en un marco de respeto a sus funciones y responsabilidades, las cuales se encuentran comprendidas en las siguientes comisiones:

I. Comisión de Salud. Realizar un programa de actividades con base a las necesidades de la comunidad escolar, vinculando sus acciones con instituciones del sector salud y de la SEPH; apegándose a un programa de seguimiento y evaluación, presentando los informes correspondientes.
II. Comisión de Seguridad Escolar. Esta comisión se decide en dos ejes: Prevención del Delito y Cultura de la Protección Civil. Elaborar un programa de actividades con base en las necesidades de la comunidad escolar, apoyándose con las instituciones de Seguridad Pública más cercanas, el Departamento del Delito y el Departamento de Educación para la Salud de la SEPH.
III. Comisión de Protección Ambiental. Elaborar un programa de actividades con base en las necesidades de la comunidad escolar, apoyándose con las instituciones de ecología más cercanas, el Departamento de Educación Ambiental de la SEPH y los programas de cuidado del medio ambiente del municipio.
IV. Comisión de Mejoramiento Físico y Material de la Escuela. Elaborar un programa de actividades con base en las necesidades de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura de la escuela, mediante la gestión de instancias estatales, municipales y asociaciones civiles.
V. Comisión de Análisis y Promoción de la Participación Social. Elaborar un programa de actividades que motive a la comunidad educativa; se podrá apoyar con asociaciones civiles y sociales, la Presidencia Municipal, O:N:G:´S etc. Su función es promover la superación de la comunidad escolar mediante el reconocimiento a la participación social destacada de maestros, directivos, padres de familia, alumnos y otros miembros de la comunidad.
VI. Comisión de Apoyo al Proceso educativo. Elaborar un programa de actividades con base en las necesidades más importantes en materia educativa, analizarán y atenderán las deficiencias de aquellos educandos de bajo rendimiento y propiciaran la motivación de los alumnos regulares con el apoyo de los padres de familia (vocales de cada grupo) quienes apoyaran al tutor(a) de grupo a difundir y concientizar con las medidas acordadas en reunión de consejo; si fuera necesario, solicitar la asesoría de las áreas correspondientes de la SEPH.
VII. Comisión de Fortalecimiento Vinculo Escuela y Comunidad. A esta comisión corresponde fomentar la participación y compromiso de los miembros de la comunidad en tareas de apoyo y colaboración a la escuela (faenas, limpieza, vigilancia y otras), que propicien la interrelación de la comunidad escolar así como asistir a eventos cuando sean invitados por las autoridades de la localidad.

¿Qué es un Consejo?

Los Consejos son órganos colegiados responsables de promover la Participación de la Sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la Calidad de la Educación.
A partir del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y la Ley General y Estatal de Educación, asimismo la Alianza por la Calidad Educativa, ofrecen planteamientos renovadores en función de modernizar la educación, estableciendo un nuevo vínculo más estrecho y eficaz entre escuelas y sociedad.
La Participación Social tiene como tarea primordial constituir Consejos, en torno a programas de trabajo que favorezcan el mayor desarrollo y operación de las instituciones educativas y que propicien la vinculación de éstas con la comunidad.